27.03.2020
Condiciones de Avales ICO por CoVid19
Por Osa Otero, SandraCondiciones de Avales ICO por el CoVid19
En el BOE de 26 de marzo de 2020, se publica la Resolución sobre el primer tramo de Avales ICO COVID 19. Cuya concesión, se recogía en el RD 8/20 de 20 de marzo y que tratamos en nuestro artículo relativo a la fuerza mayor.
Además en una reciente colaboración, analizamos las estrategias de finaciación en tiempos de CoVid19.
El importe máximo total es de 100.000 millones de Euros que aportara el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Aunque en este primer tramo, el importe máximo es de 20.000 millones de Euros para préstamos formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo de 2020
Los préstamos hasta 50 millones se avalarán cuando hayan sido aprobados por la entidad financiera según sus políticas de riesgos. Los mayores de 50 millones requieren el análisis complementario del ICO sobre la elegibilidad y cumplimiento de requisitos.
Su objetivo es aportar financiación y liquidez al mercado, para mantener la actividad económica. Y tienen la característica de que prestador y avalista tienen rango “pari passu”. Es decir, caminan en igualdad de condiciones la entidad emisora y el Estado a través del ICO.
En adelante desgranamos los requisitos para la consecución de los Avales ICO, y sus condiciones.
Condiciones del solicitante (Autónomo o Empresa)
- Domicilio social en España
- Haberse visto su actividad afectada por el COVID 19
- Que no estén en situación de morosidad en los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31/12/19
- No estar sujetos a procedimiento concursal a fecha de 17/3/20, por haber solicitado declaración de concurso
- Que no se den las circunstancias del articulo 2.4. de la LC para el concurso necesario, esto es;
1. Que no estén en sobreseimiento general en el pago corriente de sus obligaciones.
2. Que no tengan embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general a su patrimonio.
3. Que no se esté produciendo el alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes.
4. Que no esté inmerso en un incumplimiento generalizado de obligaciones de alguna de las clases siguientes:
a) De pago de obligaciones tributarias exigibles durante los tres meses anteriores a la solicitud de concurso
b) De pago de cuotas de la Seguridad Social, y demás conceptos de recaudación conjunta durante el mismo período;
c) De pago de salarios e indemnizaciones y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo
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Aval a Primer Requerimiento
Condiciones del Préstamo
En el caso de pymes y autónomos el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación. A estos efectos se consideran Pymes empresas con menos de 250 empleados. Con volumen anual de negocios no superior a 50 millones, o con balance general anual no superior a 43 millones.
En empresas no pymes el aval ascenderá al 70% de nuevas operaciones y el 60% de operaciones de renovación.
Tipos de interés
Los tipos de interés sobre el importe total avalado oscilan entre 20 y 120 puntos básicos:
Pymes:
1. Nueva Operación o Renovación de hasta 1,5 millones € interés de 20 puntos básicos.
2. Nueva Operación o Renovación por importe superior a 1,5 millones €
2.1 Operación con vencimiento de hasta 1 año, interés de 20 puntos básicos anuales
2.2 Operación con vencimiento de entre 1-3 años, interés de 30 puntos básicos anuales
2.3 Operación con vencimiento de entre 3-5 años, interés de 80 puntos básicos anuales
No Pymes
1. Nueva Operación o Renovación de hasta 1,5 millones € interés de 20 puntos básicos
2. Nuevas operaciones superiores a 1,5 millones €
2.1 Operación con vencimiento de hasta 1 año, interés de 30 puntos básicos anuales
2.2 Operación con vencimiento de entre 1-3 años, interés de 60 puntos básicos anuales
2.3 Operación con vencimiento de entre 3-5 años, interés de 120 puntos básicos anuales
3. Renovación de operaciones superiores a 1,5 millones €
3.1 Operación con vencimiento de hasta 1 año, interés de 25 puntos básicos anuales
3.2 Operación con vencimiento de entre 1-3 años, interés de 50 puntos básicos anuales
3.3 Operación con vencimiento de entre 3-5 años, interés de 100 puntos básicos anuales
Plazos
El plazo máximo actual (aunque podría ampliarse) para solicitud de estos préstamos es el 30 de septiembre de 2020.
El plazo de duración será el de la operación, pero siempre con un máximo de 5 años.