14.07.2020
Diccionario (Jargon) de Servicios de Pago (PSD2)
¿Qué conceptos son imprescindibles conocer en el ámbito de los servicios de pago? ¿Cuáles son sus términos equivalentes en inglés? ¿Qué es la autenticación reforzada de cliente? ¿En qué consiste la emisión de medios de pago? ¿Qué es un proveedor de servicios de pago?
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TÉRMINO | DEFINICIÓN |
ADEUDO DOMICILIADO | Servicio de pago destinado a efectuar un cargo en la cuenta de pago del ordenante, en el que la operación de pago es iniciada por el beneficiario sobre la base del consentimiento dado por el ordenante al beneficiario, al proveedor de servicios de pago del beneficiario o al proveedor de servicios de pago del propio ordenante |
ADQUISICIÓN DE OPERACIÓN DE PAGO | Un servicio de pago prestado por un proveedor de servicios de pago que ha convenido mediante contrato con un beneficiario en aceptar y procesar las operaciones de pago, de modo que se produzca una transferencia de fondos al beneficiario |
AGENTE | Persona física o jurídica que presta servicios de pago en nombre de una entidad de pago |
AUTENTICACIÓN | Procedimiento que permita al proveedor de servicios de pago comprobar la identidad del usuario de un servicio de pago o la validez de la utilización de determinado instrumento de pago, incluida la utilización de credenciales de seguridad personalizadas del usuario |
AUTENTICACIÓN REFORZADA DE CLIENTE | La autenticación basada en la utilización de dos o más elementos categorizados como conocimiento (algo que solo conoce el usuario), posesión (algo que solo posee el usuario) e inherencia (algo que es el usuario), que son independientes —es decir, que la vulneración de uno no compromete la fiabilidad de los demás—, y concebida de manera que se proteja la confidencialidad de los datos de autenticación; |
BENEFICIARIO | La persona física o jurídica que es el destinatario previsto de los fondos objeto de una operación de pago |
CLIENTE | Todo inversor o promotor de proyectos real o potencial al que un proveedor de servicios de financiación participativa preste o pueda prestar este tipo de servicios |
COMUNICACIONES PUBLICITARIAS | Toda información o comunicación de un proveedor de servicios de financiación participativa a un inversor potencial o promotor de proyectos potencial acerca de los servicios prestados por dicho proveedor, distinta de la información que se ha de facilitar al inversor al amparo del presente Reglamento |
CONSUMIDOR | Una persona física que, en los contratos de servicios de pago objeto de la Directiva PSD2, actúa con fines ajenos a su actividad económica, comercial o profesional |
CONTENIDO DIGITAL | Bien o servicio producido y suministrado en formato digital, cuya utilización o consumo se limita al empleo de un dispositivo técnico y no incluye en modo alguno la utilización o consumo de bienes o servicios físicos |
CONTRATO MARCO | Un contrato de servicio de pago que rige la ejecución futura de operaciones de pago individuales y sucesivas y que puede estipular la obligación de abrir una cuenta de pago y las correspondientes condiciones para ello |
CREDENCIALES DE SEGURIDAD PERSONALIZADAS | Elementos personalizados que el proveedor de servicios de pago proporciona al usuario de servicios de pago a efectos de autenticación |
CUENTA DE PAGO | Una cuenta a nombre de uno o varios usuarios de servicios de pago y utilizada para la ejecución de operaciones de pago |
DATOS DE PAGO SENSIBLES» | Datos, incluidas las credenciales de seguridad personalizadas, que pueden ser utilizados para cometer un fraude. Por lo que respecta a las actividades de los proveedores de servicios de iniciación de pagos y los proveedores de servicios de información sobre cuentas, el nombre del titular de la cuenta y el número de la misma no constituyen datos de pago sensibles |
DÍA HÁBIL | Día de apertura comercial, a los efectos necesarios para la ejecución de una operación de pago, de los proveedores de servicios de pago del ordenante o del beneficiario que intervienen en la ejecución de la operación de pago |
EMISIÓN DE INSTRUMENTOS DE PAGO | Servicio de pago en el cual un proveedor de servicios de pago se compromete mediante contrato a proporcionar a un ordenante un instrumento de pago que permite iniciar y procesar las operaciones de pago del ordenante |
ENTIDAD DE PAGO | Una persona jurídica a la cual se haya otorgado autorización, de conformidad con el artículo 11 de la Directiva PSD2, para prestar y ejecutar servicios de pago en toda la Unión |
ENTIDAD INSTRUMENTAL | Toda entidad cuyo único objetivo sea llevar a cabo una titulización tal como se define en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1075/2013 del Banco Central Europeo |
ESTADO MIEMBRO DE ACOGIDA | El Estado miembro distinto del Estado miembro de origen en el cual el proveedor de servicio de pago tiene un agente o una sucursal o presta servicios de pago; |
FECHA DE VALOR | Momento utilizado por un proveedor de servicios de pago como referencia para el cálculo del interés sobre los fondos abonados o cargados a una cuenta de pago |
FONDOS | Los billetes y monedas, dinero escritural o dinero electrónico con arreglo al artículo 2, apartado 2, de la Directiva 2009/110/CE |
FONDOS PROPIOS | Fondos según la definición del artículo 4, apartado 1, punto 118, del Reglamento (UE) no 575/2013, donde al menos el 75 % del capital de nivel 1 adopta la forma del capital ordinario de nivel 1 a que se refiere el artículo 50 de dicho Reglamento, y el capital de nivel 2 no excede de un tercio del capital de nivel 1 |
IDENTIFICADOR ÚNICO | Una combinación de letras, números o signos especificados por el proveedor de servicios de pago al usuario de dichos servicios, que este último debe proporcionar a fin de identificar de forma inequívoca al otro usuario del servicio de pago y/o la cuenta de pago de ese otro usuario en una operación de pago; |
INSTRUMENTO DE PAGO | Cualquier dispositivo personalizado y/o conjunto de procedimientos acordados entre el usuario de servicios de pago y el proveedor de servicios de pago y utilizados para iniciar una orden de pago |
INVERSOR | Toda persona que, a través de una plataforma de financiación participativa, conceda préstamos o adquiera valores negociables |
MARCA DE PAGO | Cualquier nombre, término, signo, símbolo o combinación de los anteriores, material o digital, capaz de indicar bajo qué sistema de tarjetas de pago se realizan operaciones de pago basadas en una tarjeta |
MEDIO DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA | Cualquier medio que, sin la presencia física simultánea del proveedor de servicios de pago y del usuario de servicios de pago, pueda emplearse para la celebración de un contrato de servicios de pago |
MICROEMPRESA | Una empresa que, en la fecha de celebración del contrato de servicios de pago, cumpla las condiciones definidas en el artículo 1 y en el artículo 2, apartados 1 y 3, del anexo de la Recomendación 2003/361/CE |
OFERTA DE FINANCIACIÓN PARTICIPATIVA | Toda comunicación realizada por un proveedor de servicios de financiación participativa que contenga información que permita a los inversores potenciales decidir sobre la conveniencia de participar en una operación de financiación participativa |
OPERACIÓN DE PAGO | Una acción, iniciada por el ordenante o por cuenta de este, o por el beneficiario, consistente en ingresar, transferir o retirar fondos, con independencia de cualesquiera obligaciones subyacentes entre el ordenante y el beneficiario |
OPERACIÓN REMOTA DE PAGO | Operación de pago iniciada a través de internet o de un dispositivo que pueda utilizarse para la comunicación a distancia |
ORDENANTE | La persona física o jurídica titular de una cuenta de pago que autoriza una orden de pago a partir de dicha cuenta, o, en caso de que no exista una cuenta de pago, la persona física o jurídica que dicta una orden de pago |
PLATAFORMA DE FINANCIACIÓN PARTICIPATIVA | Todo sistema electrónico de información explotado o gestionado por un proveedor de servicios de financiación participativa |
PROMOTOR DE PROYECTOS | Toda persona que aspire a financiar su proyecto a través de una plataforma de financiación participativa |
PROVEEDOR DE SERVICIOS DE FINANCIACIÓN PARTICIPATIVA | Toda persona jurídica que preste servicios de financiación participativa y haya sido autorizada a tal efecto por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11 del presente Reglamento |
PROVEEDOR DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN SOBRE CUENTAS | El proveedor de servicios de pago que ejerce a título profesional las actividades a que se refiere el anexo I, punto 8 de la Directiva PSD2 |
PROVEEDOR DE SERVICIOS DE INICIACIÓN DE PAGOS | El proveedor de servicios de pago que ejerce a título profesional las actividades a que se refiere el anexo I, punto 7 de la Directiva PSD2 |
PROVEEDOR DE SERVICIOS DE PAGO | Las entidades y organismos contemplados en el artículo 1, apartado 1, y las personas físicas o jurídicas que se acojan a la exención en virtud los artículos 32 y 33 de la Directiva PSD2 |
PROVEEDOR DE SERVICIOS DE PAGO GESTOR DE CUENTA | Un proveedor de servicios de pago que facilita a un ordenante una o varias cuentas de pago y se encarga de su mantenimiento |
PROYECTO DE FINANCIACIÓN PARTICIPATIVA | La actividad o las actividades empresariales que un promotor de proyectos financie o aspire a financiar mediante una oferta de financiación participativa |
RED DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS | Una red según se define en el artículo 2, letra a), de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo |
SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS | Un servicio según se define en el artículo 2, letra c), de la Directiva 2002/21/CE |
SERVICIO DE ENVÍO DE DINERO | Un servicio de pago que permite recibir fondos de un ordenante sin que se cree ninguna cuenta de pago en nombre del ordenante o del beneficiario, con el único fin de transferir una cantidad equivalente a un beneficiario o a otro proveedor de servicios de pago que actúe por cuenta del beneficiario, y/o recibir fondos por cuenta del beneficiario y ponerlos a disposición de este |
SERVICIO DE FINANCIACIÓN PARTICIPATIVA | La conexión de los intereses de los inversores y de los promotores de proyectos en materia de financiación empresarial mediante el uso de una plataforma de financiación participativa, que consista en cualquiera de los siguientes elementos: i) la facilitación de la concesión de préstamos; ii) la colocación sin un compromiso firme, a que se refiere el punto 7 de la sección A del anexo I de la Directiva 2014/65/UE, de valores negociables emitidos por los promotores de proyectos y la recepción y transmisión de órdenes de clientes, a que se refiere el punto 1 de la sección A del anexo I de la Directiva 2014/65/UE, en lo que se refiere a dichos valores negociables |
SERVICIO DE INFORMACIÓN SOBRE CUENTAS | Servicio en línea cuya finalidad consiste en facilitar información agregada sobre una o varias cuentas de pago de las que es titular el usuario del servicio de pago bien en otro proveedor de servicios de pago, bien en varios proveedores de servicios de pago |
SERVICIO DE INICIACIÓN DEL PAGO | Servicio que permite iniciar una orden de pago, a petición del usuario del servicio de pago, respecto de una cuenta de pago abierta con otro proveedor de servicios de pago; |
SERVICIO DE PAGO | Una o más actividades empresariales enumeradas en el anexo I de la Directiva PSD2 |
SISTEMA DE PAGO | Un sistema de transferencia de fondos regulado por disposiciones formales y normalizadas, y dotado de normas comunes para el tratamiento, liquidación o compensación de operaciones de pago |
SOPORTE DURADERO | Un instrumento que permita al usuario de servicios de pago almacenar la información que le ha sido transmitida personalmente, de manera fácilmente accesible para su futura consulta, durante un período de tiempo adecuado para los fines de dicha información, y que permita la reproducción sin cambios de la información almacenada |
SUCURSAL | Un centro de actividad, distinto de la administración central, que constituye una parte de una entidad de pago, desprovisto de personalidad jurídica, y que efectúa directamente todas o algunas de las operaciones inherentes a la actividad de la entidad de pago; todos los centros de actividad establecidos en un mismo Estado miembro por una entidad de pago cuya administración central esté en otro Estado miembro se considerarán una única sucursal |
TIPO DE CAMBIO DE REFERENCIA | Tipo de cambio empleado como base para calcular cualquier cambio de divisas y que facilita el proveedor de servicio de pago o procede de una fuente accesible al público |
TIPO DE INTERÉS DE REFERENCIA | Tipo de interés empleado como base para calcular intereses que deban aplicarse y procedente de una fuente accesible al público que pueda ser verificada por las dos partes en un contrato de servicios de pago |
TRANSFERENCIA | Servicio de pago destinado a efectuar un abono en una cuenta de pago de un beneficiario mediante una operación de pago o una serie de operaciones de pago con cargo a una cuenta de pago de un ordenante por el proveedor de servicios de pago que mantiene la cuenta de pago del ordenante, y prestado sobre la base de las instrucciones dadas por el ordenante |
USUARIO DE SERVICIOS DE PAGO | La persona física o jurídica que utiliza un servicio de pago, ya sea como ordenante, beneficiario o ambos |
UTILIZACIÓN DE MARCAS DE PAGO COMPARTIDAS | La inclusión de dos o más marcas de pago o aplicaciones de pago de una misma marca de pago en el mismo instrumento de pago. |
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