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Taxonomía

El Reglamento UE 2020/852: “Taxonomía de la UE”

El Reglamento UE 2020/852 de Inversiones Sostenibles y Marco Facilitador (coloquialmente conocido como “Taxonomía de la UE” establece criterios uniformes para determinar si una actividad económica se considera medioambientalmente sostenible. El objetivo principal es facilitar las inversiones sostenibles y prevenir el "blanqueo ecológico" o “greenwashing”. El reglamento define seis objetivos medioambientales clave y requiere transparencia por parte de los participantes en los mercados financieros y grandes empresas. Busca reorientar los flujos de capital hacia actividades económicas que contribuyan positivamente a estos objetivos, promoviendo así una economía más sostenible en toda la Unión Europea.

Cronología (Antecedentes)

  • Diciembre de 2016: La Comisión Europea encarga a un grupo de expertos de alto nivel la definición de una estrategia general de la Unión Europea sobre finanzas sostenibles.
  • 31 de enero de 2018: El grupo de expertos publica un informe que aboga por la creación de un sistema de clasificación a nivel de la Unión para definir actividades «ecológicas» o «sostenibles», comenzando por la mitigación del cambio climático.
  • 8 de marzo de 2018: La Comisión publica su «Plan de Acción: Financiar el crecimiento sostenible», que inicia una estrategia ambiciosa e integral sobre finanzas sostenibles. El plan subraya la necesidad de un sistema de clasificación unificado de las actividades sostenibles.
  • 20 de junio de 2019: La Comisión publica «Directrices sobre la presentación de informes no financieros: Suplemento sobre la información relacionada con el clima», recomendando a las grandes empresas informar sobre indicadores clave de resultados relacionados con el clima, basados en el marco del futuro Reglamento.
  • 18 de junio de 2020: Se adopta el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, conocido como la «Taxonomía de la UE».
  • 12 de julio de 2020: El Reglamento entra en vigor (20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea).
  • 1 de enero de 2022: Comienza la aplicación de ciertas disposiciones del Reglamento, en particular las relativas a los objetivos medioambientales de mitigación y adaptación al cambio climático.
  • 1 de enero de 2023: Comienza la aplicación de ciertas disposiciones del Reglamento, en particular las relativas a los objetivos medioambientales de uso sostenible del agua, transición a una economía circular, prevención de la contaminación y protección de la biodiversidad.

¿Cuál es el propósito principal del Reglamento (UE) 2020/852, también conocido como Taxonomía de la UE?

El propósito principal del Reglamento es establecer un sistema de clasificación (una «taxonomía») unificado a nivel de la Unión Europea para determinar qué actividades económicas pueden considerarse medioambientalmente sostenibles. Esto tiene como objetivo reorientar los flujos de capital hacia inversiones sostenibles, prevenir el «blanqueo ecológico» (greenwashing), mejorar la transparencia y comparabilidad de los productos financieros, y facilitar la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en la UE.

¿A quién se aplica este reglamento?

El reglamento se aplica a:

  • Medidas adoptadas por los Estados miembros o la UE que establezcan requisitos para los participantes en los mercados financieros o los emisores con respecto a los productos financieros o emisiones de renta fija privada que se ofrezcan como medioambientalmente sostenibles.
  • Participantes en los mercados financieros que ofrezcan productos financieros.
  • Empresas que estén sujetas a la obligación de publicar estados no financieros o estados no financieros consolidados de conformidad con la Directiva 2013/34/UE.

¿Cuáles son los seis objetivos medioambientales definidos en el Reglamento?

El Reglamento define los siguientes seis objetivos medioambientales:

  • Mitigación del cambio climático.
  • Adaptación al cambio climático.
  • Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
  • Transición hacia una economía circular.
  • Prevención y control de la contaminación.
  • Protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

¿Cómo se determina si una actividad económica contribuye sustancialmente a un objetivo medioambiental?

Una actividad económica se considera que contribuye sustancialmente a un objetivo medioambiental si cumple los siguientes criterios:

  1. Contribuye sustancialmente a uno o varios de los objetivos medioambientales definidos.
  2. No causa un perjuicio significativo a ninguno de los otros objetivos medioambientales.
  3. Se lleva a cabo cumpliendo las garantías sociales y de gobernanza mínimas.
  4. Cumple los criterios técnicos de selección establecidos por la Comisión Europea.

¿Qué son los «criterios técnicos de selección» y quién los define?

Los criterios técnicos de selección son criterios específicos, definidos por la Comisión Europea a través de actos delegados, que determinan en qué condiciones se considera que una actividad económica contribuye sustancialmente a un objetivo medioambiental y no causa un perjuicio significativo a otros objetivos. Estos criterios son cuantitativos o cualitativos y se basan en datos científicos y en la normativa de la UE existente.

¿Qué significa el principio de «no causar un perjuicio significativo» (DNSH – Do No Significant Harm)?

El principio de «no causar un perjuicio significativo» (DNSH) significa que una actividad económica que contribuye a un objetivo medioambiental no debe perjudicar significativamente a ninguno de los otros cinco objetivos medioambientales. La Comisión Europea también define criterios técnicos de selección para este principio. La evaluación del DNSH se basa en el ciclo de vida de los productos y servicios generados por la actividad.

¿Qué son las actividades de transición y facilitadoras?

El Reglamento de Taxonomía reconoce la importancia de las actividades de transición que contribuyen a la mitigación del cambio climático (cuyas emisiones de gases de efecto invernadero sean muy inferiores a las de la media del sector o la industria, que no obstaculicen el desarrollo y la implantación de alternativas de bajas emisiones de carbono y que no conlleven la retención de activos incompatibles con el objetivo de neutralidad climática), incluso si no son totalmente de bajas emisiones de carbono, siempre que apoyen la transición hacia una economía climáticamente neutra y no obstaculicen el desarrollo de alternativas de bajas emisiones. También se identifican actividades «facilitadoras» que permiten a otras actividades contribuir sustancialmente a los objetivos medioambientales.

¿Qué se entiende por Economía Circular?

se entiende por economía circular un sistema económico en el que el valor de los productos, materiales y demás recursos de la economía dura el mayor tiempo posible, potenciando su uso eficiente en la producción y el consumo, reduciendo de este modo el impacto medioambiental de su uso, y reduciendo al mínimo los residuos y la liberación de sustancias peligrosas en todas las fases del ciclo de vida, en su caso mediante la aplicación de la jerarquía de residuos

¿Qué se entiende por Jerarquía de Residuos?

La siguiente jerarquía de residuos servirá de orden de prioridades en la legislación y la política sobre la prevención y la gestión de los residuos: (a) prevención; (b) preparación para la reutilización; (c) reciclado; (d) otro tipo de valoración como la valoración energética y la eliminación.-

¿Qué implicaciones tiene este Reglamento para las empresas que están obligadas a publicar información no financiera?

Las empresas obligadas a publicar información no financiera deben incluir en sus estados no financieros información sobre cómo y en qué medida sus actividades se asocian a actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles. Esto incluye la proporción de su facturación, activos fijos y gastos de explotación relacionados con actividades económicas sostenibles.

¿Cómo se revisará y actualizará este Reglamento?

La Comisión Europea publicará un informe sobre la aplicación del Reglamento cada tres años, comenzando el 13 de julio de 2022. Este informe evaluará el progreso en la definición de criterios técnicos, la necesidad de revisar los criterios de sostenibilidad, el uso de la definición de inversión sostenible en la legislación de la UE y de los Estados miembros, la eficacia de los criterios técnicos para canalizar la inversión privada y el acceso a la información verificable sobre las empresas.

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