02.03.2018
Residencia para inversores: «La Golden Visa»
Por González Varadé, PatriciaLey 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, regula la concesión de la denominada “Golden Visa” a extranjeros no comunitarios por la realización de inversiones en España. A continuación les detallamos información sobre este tipo de visado.
Contacto No te quedes con la duda, contacta con nosotros. Estaremos encantados de atenderte y ofrecerte soluciones.¿Qué es la “Golden Visa”?
- La Residencia por inversión, comúnmente llamada “Golden Visa”, es un tipo visado que permite la residencia en España a inversores de fuera de la Unión europea de hasta 5 años.
¿En qué consiste?
- Se otorga visado de residencia para residir al menos un año sin necesidad de tramitar la tarjeta de identidad de extranjero.
- Autorización de residencia de dos años que podrá renovarse siempre que:
- Se mantenga la inversión realizada.
- Se realice al menos una visita España durante el periodo de residencia.
¿Qué ventajas ofrece?
- Autorización de residencia de dos años que podrá renovarse.
- Para obtener este visado, no se exige tener residencia efectiva en España, entendiéndose como tal a aquella superior a 183 días.
- Únicamente se exige visitar España una vez durante el periodo de residencia.
- Se tramitará conjuntamente la autorización del cónyuge e hijos.
- Libertad de movimientos en el espacio Schengen.
- Para la solicitud, no se requiere la presencia del solicitante. Podrán solicitar y recoger el visado de residencia a través de representante debidamente acreditado.
¿Quién puede solicitarla?
- Podrán solicitarla aquellos inversores que realicen una de las siguientes inversiones en España:
- Activos inmobiliarios (500.000€)
- Acciones o depósitos bancarios (1 millón de €)
- Deuda pública (2 millones de €)
- También, podrán solicitarla aquellas personas que lleven a cabo proyectos empresariales en España considerados de interés general:
- Proyectos que supongan la creación de puestos de trabajo.
- Realización de una inversión con impacto socioeconómico en la zona geográfica donde se va a desarrollar.
- Proyectos que supongan una aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
¿Cuáles son los requisitos generales para la solicitud?
- Ser mayor de 18 años.
- No encontrarse en situación irregular en suelo español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido en los últimos 5 años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Contar con recursos económicos suficientes para si y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España (2.130€ mensuales para el interesado y 532€ por cada familiar que esté a su cargo).
- Abonar la tasa por la tramitación del visado.
En ILP Abogados estamos a su disposición para informar, asesorar y gestionar la tramitación y obtención de su visado.