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¿Hay que seguir pagando tasas judiciales para poder pleitear? ¿Qué ha pasado con las tasas de Gallardón?

Una reciente sentencia del Pleno Tribunal Constitucional (21 de julio de 2016) POR UNANIMIDAD, ha estimado PARCIALMENTE el recurso presentado por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados contra la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia.

El Sr. Gallardón nunca ha dejado indiferente a nadie. Habrá quien diga es que más conocido por sus enemig@s que por sus amig@s, pero nadie, por ahora, con rigor, ha censado la situación.

Ya en el 2011 sugirió, con esa empatía de la que siempre hizo gala, que los Tri- bunales de Justicia no podían cerrar en Agosto y que los jueces y abogados debían turnarse.

En el año 2012, impuso la conocida como Ley de Tasas, lo que de inmediato, comportó una sensible reducción en los procedimientos judiciales deducidos ante los Tribunales de Justicia. Los Colegios de Abogados se movilizaron por toda España colgando (literal) las togas en las ventanas de los edificios … y poco más.

El grupo socialista acudió al Tribunal Constitucional y éste, en parte, le da la razón.

¿Cómo han quedado las tasas judiciales?

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Siguen vigente las siguientes Tasas:

  • Monitorio 100€
  • Verbal y Cambiario 150€
  • Ordinario 300€
  • Ejecucion de títulos extrajudiciales 200€
  • Oposición a ejecución de títulos judiciales 200€

Concurso necesario 200€

¿Cuáles han desaparecido?

La de los Recursos de Apelación, las de los Recursos de Casación, las del orden contencioso-administrativo, las del orden social y además se anula la parte va- riable de la tasa en todos los ámbitos.

¿Ha ganado o ha perdido el Sr. Gallardón?

El Sr. Gallardón NUNCA pierde.

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