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Greenwashing Financiero

Frente al Greenwashing Financiero: Análisis Comparativo de los Marcos Regulatorios en la UE y Reino Unido

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Cuadro comparativo: Enfoques regulatorios contra el greenwashing

Aspecto

Enfoque de la UE (ESAs)

Enfoque del Reino Unido (FCA)

Estrategia regulatoria

Utilización de marcos regulatorios existentesCreación de una norma específica anti-greenwashing (ESG 4.3.1R)

Alcance de aplicación

Nivel de entidad y producto/servicioPrincipalmente comunicaciones sobre productos/servicios

Definición

Incluye percepción subjetiva de consumidores e inversoresDefinición puramente objetiva

Mitigación

Enfoque basado en riesgos con recomendaciones detalladas sobre gobernanza internaEnfoque basado en principios y resultados

Actores clave

AEMV, AEB, AEAPPFCA con apoyo de CMA y ASA

Base legal para supervisión

MiFID, UCITS, IDD, SFDR, CSRDNorma anti-greenwashing y Principios 6 y 7 de la FCA

 

Convergencia regulatoria ante el desafío del greenwashing en servicios financieros

El auge de las inversiones sostenibles ha traído consigo un problema paralelo: el greenwashing o ecopostureo en el sector financiero. Ante este reto, tanto la Unión Europea como el Reino Unido han desarrollado estrategias regulatorias que, aunque divergentes en su metodología, comparten un objetivo común: garantizar que las declaraciones sobre sostenibilidad reflejen fielmente la realidad.

La Asociación de Mercados Financieros en Europa (AFME), en colaboración con Paul Hastings, ha elaborado un informe exhaustivo que analiza estas diferencias metodológicas. El estudio resulta particularmente valioso para las instituciones financieras que operan en ambas jurisdicciones y necesitan navegar entre marcos regulatorios distintos pero complementarios.

Dos caminos hacia un mismo destino

El Reino Unido, a través de su Autoridad de Conducta Financiera (FCA), ha optado por introducir una norma específica anti-greenwashing (ESG 4.3.1R) que exige que cualquier referencia a características de sostenibilidad sea consistente con las características reales del producto o servicio, y además sea justa, clara y no engañosa. Este enfoque proporciona una base explícita para cuestionar a las empresas que realicen afirmaciones potencialmente engañosas.

Por su parte, la Unión Europea, mediante las Autoridades Europeas de Supervisión (AES), ha decidido no crear una nueva norma específica, argumentando que los marcos regulatorios existentes ya contienen prohibiciones contra declaraciones engañosas. ESMA (mercados de valores) y EBA (banca) enfatizan que las reglas actuales, como MiFID, la Directiva UCITS, o los regímenes de divulgación SFDR y CSRD, ya proporcionan las herramientas necesarias para combatir el greenwashing.

Definiciones alineadas, enfoques distintos

Curiosamente, aunque los enfoques difieren, las definiciones de greenwashing están mayoritariamente alineadas. La diferencia principal radica en que la definición de la FCA se centra exclusivamente en las referencias a productos o servicios, mientras que la de las AES abarca también el nivel de entidad. Además, la definición europea incluye la percepción subjetiva de consumidores e inversores, ausente en la definición británica, que es puramente objetiva.

Mitigación del riesgo: de principios generales a procesos detallados

Ambas jurisdicciones ofrecen recomendaciones para mitigar los riesgos de greenwashing. Sin embargo, el informe de la AEMV incluye sugerencias más detalladas sobre procesos internos, gestión de datos ESG y validación externa. Estas recomendaciones complementan la guía más general de la FCA, que se enfoca principalmente en principios para las comunicaciones sobre características de sostenibilidad.

Implicaciones para las instituciones financieras transfronterizas

Para las entidades que operan tanto en la UE como en Reino Unido, el informe señala que existe una superposición sustancial entre los enfoques, permitiendo que el trabajo realizado para cumplir con un marco pueda aplicarse al otro. Los temas regulatorios generales son similares, identificando como ejemplos de greenwashing las afirmaciones engañosas o incompletas, la falta de comparaciones significativas y el uso de imágenes que inducen a error.

Conclusión: vigilancia reforzada, independientemente del enfoque

Mientras que la FCA ha creado una nueva herramienta específica contra el greenwashing, las AES han aclarado cómo pueden utilizarse los instrumentos existentes para abordar el mismo problema. En ambos casos, el mensaje para las instituciones financieras es claro: las autoridades supervisoras escrutarán cuidadosamente las declaraciones relacionadas con la sostenibilidad, independientemente del camino regulatorio elegido.

Las empresas financieras harían bien en implementar sistemas robustos de gobernanza y gestión de riesgos relacionados con las reclamaciones de sostenibilidad, aprovechando las orientaciones complementarias que ofrecen ambos marcos. Solo así podrán navegar con éxito en un entorno donde la transparencia y la precisión en materia de sostenibilidad son cada vez más importantes para reguladores, inversores y consumidores por igual.

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Reglamento (UE) 2023/2631: Marco Armonizado para los Bonos Verdes

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