La reciente sentencia del Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito de EE. UU. en el caso PNC Bank, N.A. v. AXIS Ins. Co., https://www.govinfo.gov/content/pkg/USCOURTS-ca3-24-01670/pdf/USCOURTS-ca3-24-01670-0.pdf aunque no vinculante en España, arroja luz sobre una práctica global que todo inversor español en gestoras y fondos de capital riesgo debe conocer.
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Esta sentencia subraya (1) que los tribunales no aplicarán interpretaciones laxas a las exclusiones de las pólizas de seguros por actos ilícitos anteriores de empresas recién adquiridas. Por tanto, la empresa adquirente debe llevar a cabo una diligencia debida exhaustiva para comprender la exposición a litigios que presenta la empresa que es objeto de adquisición o inversión. Y (2) la importancia de una due diligence exhaustiva para mitigar riesgos legales inherentes a las empresas que son objeto de adquisición.
Presentamos la colaboración también en vídeo, por si prefieres este formato:
El caso PNC Bank v. AXIS Ins. Co.: Un espejo de riesgos globales
La sentencia se centra en la interpretación estricta de las exclusiones de pólizas de seguro para actos ilícitos previos de empresas recién adquiridas. En el caso, un banco, PNC, fue condenado a pagar una suma millonaria por reclamaciones contra otra entidad que había adquirido. PNC buscó cobertura bajo su póliza de responsabilidad profesional, que incluía a sus predecesores. Sin embargo, la aseguradora denegó la cobertura basándose en lo que la defensa denominó “Changes in the Exposure Provision” que excluía expresamente los actos ilícitos de empresas recién adquiridas.
El tribunal falló a favor de la aseguradora, rechazando los argumentos de PNC sobre una interpretación más flexible de la cláusula. Esta decisión insistimos, aunque estadounidense y no española, resuena en el contexto español, donde el sector M&A tiende a replicar la experiencia anglosajona.
Takeaways cruciales para el inversor español:
Esta sentencia nos deja valiosas lecciones, cruciales para el inversor español:
- Due Diligence exhaustiva: Inversión en seguridad: La due diligence ya no es una mera formalidad, sino una inversión en la seguridad de la operación. Debe ser integral, abarcando todos los aspectos legales, financieros y operativos de la empresa objetivo.
- No precipitarse: El tiempo es oro, pero la diligencia, platino: La urgencia por cerrar un acuerdo no debe eclipsar la evaluación exhaustiva de los pasivos del vendedor, especialmente los relacionados con litigios.
- Evaluación de riesgos: Un mapa para el inversor: Es fundamental realizar una evaluación de riesgos precisa y detallada de la empresa que es objeto de adquisición antes de cualquier acuerdo.
- Asesoramiento legal especializado: Un faro en la niebla: Dependiendo de la complejidad de la exposición potencial, puede ser necesario contratar abogados especializados en litigios para una evaluación completa de los riesgos legales.
- Modelado y previsión: Anticipando el futuro: La evaluación de riesgos debe incluir el modelado y la previsión basados en litigios existentes, tendencias del sector y de la competencia.
- Pólizas de seguro: Un escudo protector:
- Evaluar las exclusiones de la póliza del adquirente respecto a la empresa objetivo.
- Verificar si la póliza de la empresa objetivo ofrece cobertura y límites adecuados.
- La falta de cobertura adecuada puede afectar la valoración de la empresa objetivo o incluso la decisión de adquirirla.
Implicaciones para el mercado español:
En un mercado globalizado, la sentencia PNC Bank v. AXIS Ins. Co. sirve como advertencia para los inversores de fondos y gestoras de capital riesgo español. La creciente complejidad de las M&A exige un enfoque más sofisticado en la gestión de riesgos legales. Ignorar estos riesgos puede resultar en pérdidas financieras significativas y dañar la reputación del inversor.
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