ILP Abogados
Madrid · Internacional
sujeto delegado

¿En qué Consiste la Figura del Sujeto Delegado en el Sistema de CAE?

Última actualización: 5 de agosto de 2026.

Respuesta rápida. El sujeto delegado es una figura clave del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE): una persona jurídica, pública o privada, que asume total o parcialmente, mediante la firma de un contrato de delegación, la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE). Se compromete a obtener y liquidar CAE equivalentes al ahorro pactado, y puede desarrollar o promover actuaciones de eficiencia energética en edificación, transporte, industria o servicios; no puede cumplir sus compromisos mediante aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Para su acreditación por el Coordinador Nacional debe reunir capacidad legal, técnica —al menos dos profesionales con experiencia y un sistema de calidad ISO 9001 certificado— y económico-financiera.

El sujeto delegado es una figura clave en el Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) en España. Se trata de una persona jurídica, ya sea de naturaleza pública o privada, que tiene la capacidad de asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE). Te presentamos la colaboración también en vídeo, por si prefieres este formato:

Funciones del Sujeto Delegado

  • Asume compromisos de ahorro energético: El sujeto delegado se compromete a obtener y liquidar, en nombre de uno o varios sujetos obligados, un número de CAE equivalente a una cantidad de ahorro de energía final determinada. Esto se realiza mediante la firma de un contrato de delegación.
  • Desarrolla o promueve actuaciones de eficiencia energética: Para cumplir con sus compromisos, el sujeto delegado puede desarrollar o promover la realización de actuaciones generadoras de ahorros en el consumo de energía final en diversos sectores como la edificación, el transporte, la industria o los servicios.
  • Liquida CAE para cumplir con los compromisos: Los sujetos delegados deben acreditar el cumplimiento de sus compromisos de ahorro energético mediante la liquidación de CAE. No pueden hacer frente a estos compromisos mediante aportaciones económicas al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).

Requisitos para ser Sujeto Delegado

Para ser acreditado como sujeto delegado por el Coordinador Nacional del Sistema de CAE, una persona jurídica debe cumplir con ciertos requisitos de capacidad legal, técnica y económico-financiera:
  • Capacidad legal: Tener personalidad jurídica propia, objeto social de carácter mercantil y nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un tercer Estado con establecimiento permanente en España.
  • Capacidad técnica: Contar con al menos dos profesionales en plantilla con experiencia en eficiencia energética, un sistema de gestión de calidad UNE-EN ISO 9001 certificado y, opcionalmente, experiencia previa de tres o más años en materia de eficiencia energética en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
  • Capacidad económico-financiera: Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, disponer de un capital social o patrimonio neto mínimo y contar con un seguro de responsabilidad civil o garantía económica equivalente que cubra los riesgos financieros derivados de su actividad como sujeto delegado.

 Contrato de Delegación

La delegación de la obtención de ahorros de energía se formaliza mediante un contrato de delegación entre el sujeto obligado y el sujeto delegado. Este contrato debe incluir una cláusula que estipule que las obligaciones individuales de ahorro de energía final del sujeto obligado se mantienen, sin perjuicio de las responsabilidades que acuerden las partes en el contrato.

Responsabilidades del Sujeto Obligado

Es importante destacar que el sujeto delegado no asume la obligación de ahorro energético del sujeto obligado. La obligación se mantiene en el sujeto obligado, incluso si el sujeto delegado no cumple con los compromisos adquiridos en el contrato de delegación. En este caso, el sujeto obligado será responsable ante la Administración por el incumplimiento de su obligación de ahorro.

Beneficios de la Figura del Sujeto Delegado

La figura del sujeto delegado se introduce en el Sistema de CAE para:
  • Facilitar la movilización de inversiones en materia de eficiencia energética.
  • Ofrecer una alternativa flexible a los sujetos obligados para el cumplimiento de sus obligaciones de ahorro energético.
  • Promover una economía más eficiente en el uso de los recursos energéticos.
En resumen, el sujeto delegado juega un papel fundamental en el Sistema de CAE, al actuar como un intermediario especializado que facilita la obtención de ahorros energéticos y la generación de CAE, contribuyendo así al cumplimiento de los objetivos de eficiencia energética en España.

The legal framework around renewable energy and sustainability evolves quickly; at ILP we follow it closely for our clients.

Do you know which environmental and sustainability obligations already affect your activity? We review them with you before they become a problem. Get in touch.



Contact
Don’t be left in doubt, get in touch. We’ll be happy to help and offer you solutions.
Si te ha gustado este artículo, también puede resultarte interesante la lectura del siguiente: Guía rápida para la obtención de un CAE (Certificado de Ahorro Energético)

¿Necesitas asesoramiento legal?

Contactar con ILP Abogados

Preguntas frecuentes

¿Qué es el sujeto delegado en el Sistema de CAE?

Es una persona jurídica, de naturaleza pública o privada, con capacidad para asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE), mediante la firma de un contrato de delegación.

¿Qué funciones tiene el sujeto delegado?

Asume compromisos de ahorro energético, comprometiéndose a obtener y liquidar en nombre de uno o varios sujetos obligados un número de CAE equivalente a una cantidad determinada de ahorro de energía final; desarrolla o promueve actuaciones de eficiencia energética en sectores como la edificación, el transporte, la industria o los servicios; y acredita el cumplimiento de sus compromisos mediante la liquidación de CAE.

¿Puede el sujeto delegado cumplir sus compromisos aportando dinero al FNEE?

No. Los sujetos delegados deben acreditar el cumplimiento de sus compromisos de ahorro energético mediante la liquidación de CAE y no pueden hacer frente a ellos mediante aportaciones económicas al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).

¿Qué capacidad técnica se exige para ser sujeto delegado?

Contar con al menos dos profesionales en plantilla con experiencia en eficiencia energética, disponer de un sistema de gestión de calidad UNE-EN ISO 9001 certificado y, opcionalmente, acreditar experiencia previa de tres o más años en eficiencia energética en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.

¿Quién acredita a los sujetos delegados y qué requisitos legales se piden?

La acreditación corresponde al Coordinador Nacional del Sistema de CAE. Se exige tener personalidad jurídica propia, objeto social de carácter mercantil y nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de un tercer Estado con establecimiento permanente en España, además de capacidad técnica y económico-financiera.

GUÍA GRATUITA

Regulación Financiera España 2026

DORA + MiCA + MiFID II + EMIR en un solo documento

Descargar gratis →

Videos relacionados

Cargando videos…

Discover more from ILP Abogados

Subscribe now to keep reading and get access to the full archive.

Continue reading