Última actualización: 5 de agosto de 2026.
El sujeto delegado es una figura clave en el Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) en España. Se trata de una persona jurídica, ya sea de naturaleza pública o privada, que tiene la capacidad de asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE).Respuesta rápida. El sujeto delegado es una figura clave del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE): una persona jurídica, pública o privada, que asume total o parcialmente, mediante la firma de un contrato de delegación, la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE). Se compromete a obtener y liquidar CAE equivalentes al ahorro pactado, y puede desarrollar o promover actuaciones de eficiencia energética en edificación, transporte, industria o servicios; no puede cumplir sus compromisos mediante aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Para su acreditación por el Coordinador Nacional debe reunir capacidad legal, técnica —al menos dos profesionales con experiencia y un sistema de calidad ISO 9001 certificado— y económico-financiera.
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- Asume compromisos de ahorro energético: El sujeto delegado se compromete a obtener y liquidar, en nombre de uno o varios sujetos obligados, un número de CAE equivalente a una cantidad de ahorro de energía final determinada. Esto se realiza mediante la firma de un contrato de delegación.
- Desarrolla o promueve actuaciones de eficiencia energética: Para cumplir con sus compromisos, el sujeto delegado puede desarrollar o promover la realización de actuaciones generadoras de ahorros en el consumo de energía final en diversos sectores como la edificación, el transporte, la industria o los servicios.
- Liquida CAE para cumplir con los compromisos: Los sujetos delegados deben acreditar el cumplimiento de sus compromisos de ahorro energético mediante la liquidación de CAE. No pueden hacer frente a estos compromisos mediante aportaciones económicas al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).
Requisitos para ser Sujeto Delegado
Para ser acreditado como sujeto delegado por el Coordinador Nacional del Sistema de CAE, una persona jurídica debe cumplir con ciertos requisitos de capacidad legal, técnica y económico-financiera:- Capacidad legal: Tener personalidad jurídica propia, objeto social de carácter mercantil y nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un tercer Estado con establecimiento permanente en España.
- Capacidad técnica: Contar con al menos dos profesionales en plantilla con experiencia en eficiencia energética, un sistema de gestión de calidad UNE-EN ISO 9001 certificado y, opcionalmente, experiencia previa de tres o más años en materia de eficiencia energética en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
- Capacidad económico-financiera: Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, disponer de un capital social o patrimonio neto mínimo y contar con un seguro de responsabilidad civil o garantía económica equivalente que cubra los riesgos financieros derivados de su actividad como sujeto delegado.
Contrato de Delegación
La delegación de la obtención de ahorros de energía se formaliza mediante un contrato de delegación entre el sujeto obligado y el sujeto delegado. Este contrato debe incluir una cláusula que estipule que las obligaciones individuales de ahorro de energía final del sujeto obligado se mantienen, sin perjuicio de las responsabilidades que acuerden las partes en el contrato.Responsabilidades del Sujeto Obligado
Es importante destacar que el sujeto delegado no asume la obligación de ahorro energético del sujeto obligado. La obligación se mantiene en el sujeto obligado, incluso si el sujeto delegado no cumple con los compromisos adquiridos en el contrato de delegación. En este caso, el sujeto obligado será responsable ante la Administración por el incumplimiento de su obligación de ahorro.Beneficios de la Figura del Sujeto Delegado
La figura del sujeto delegado se introduce en el Sistema de CAE para:- Facilitar la movilización de inversiones en materia de eficiencia energética.
- Ofrecer una alternativa flexible a los sujetos obligados para el cumplimiento de sus obligaciones de ahorro energético.
- Promover una economía más eficiente en el uso de los recursos energéticos.
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Es una persona jurídica, de naturaleza pública o privada, con capacidad para asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE), mediante la firma de un contrato de delegación.
Asume compromisos de ahorro energético, comprometiéndose a obtener y liquidar en nombre de uno o varios sujetos obligados un número de CAE equivalente a una cantidad determinada de ahorro de energía final; desarrolla o promueve actuaciones de eficiencia energética en sectores como la edificación, el transporte, la industria o los servicios; y acredita el cumplimiento de sus compromisos mediante la liquidación de CAE.
No. Los sujetos delegados deben acreditar el cumplimiento de sus compromisos de ahorro energético mediante la liquidación de CAE y no pueden hacer frente a ellos mediante aportaciones económicas al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).
Contar con al menos dos profesionales en plantilla con experiencia en eficiencia energética, disponer de un sistema de gestión de calidad UNE-EN ISO 9001 certificado y, opcionalmente, acreditar experiencia previa de tres o más años en eficiencia energética en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
La acreditación corresponde al Coordinador Nacional del Sistema de CAE. Se exige tener personalidad jurídica propia, objeto social de carácter mercantil y nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de un tercer Estado con establecimiento permanente en España, además de capacidad técnica y económico-financiera.

