- En los tres meses siguientes al cierre de cada ejercicio, los Administradores están obligados a formular:
- las Cuentas Anuales,
- el informe de gestión, y
- la propuesta de la aplicación del resultado.
- Todos los Administradores deberán firmar las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión. De no hacerlo se deberá mencionar la causa.
Publicidad de los Estados Financieros: Las Cuentas Anuales
- Las Cuentas Anuales de una compañía contienen:
- Balance de Situación (Balance Sheet),
- Cuenta de Pérdidas y Ganancias (P&L),
- Estado que refleje los cambios en el patrimonio neto,
- Estado de flujos de efectivo, y
- Memoria
- Toda esta información debe redactarse con claridad y mostrando:
- la imagen fiel del patrimonio,
- de la situación financiera, y
- de los resultados de la sociedad.
- Las consecuencias de incumplir estas obligaciones son muy graves para los Administradores.
- La estructura de los distintos documentos y su nivel de detalle es un aspecto muy regulado. Deben siguirse los modelos aprobados reglamentariamente.
- Las empresas pequeñas tienen un régimen simplificado para presentar las Cuentas Anuales. Esto es lo que se conoce como Cuentas Abreviadas.
- La sociedad podrá formular Balance Abreviado cuando reúnan 2 de estas 3 circunstancias, durante 2 ejercicios consecutivos:
- total de las partidas del activo no supere los 4 Millones de Euros.
- el importe Neto de la cifra anual de negocios no supere los 8 Millones de Euros.
- el número de trabajadores no sea superior a 50.
- Si el Balance es Abreviado no es obligatorio que las Cuentas Anuales contengan:
- el estado de cambios en el patrimonio neto,
- el estado de flujos de efectivo, ni
- el informe de gestión.
- La sociedad podrá formular Cuenta de Perdidas y Ganancias Abreviada cuando reúnan 2 de estas 3 circunstancias:
- total de las partidas del activo no supere los 11,4 Millones de Euros.
- importe Neto de la cifra anual de negocios no supere los 22,8 Millones de Euros.
- número de trabajadores no sea superior a 250.
Publicidad de los Estados Financieros: Memoria de Actividad
- La Memoria es un documento dónde se completa, explica y amplía el contenido del resto de documentos contables.
- La Memoria requiere amplia y detallada información sobre la formación de los estados financieros de la compañía:
- Criterios de valoración de las diferentes partidas contables.
- Detalle de las sociedades en las que se posea: (i) de manera directa o indirecta más del 20 % del Capital; (ii) o una influencia significativa. Entendiéndose por “detalle”: denominación, domicilio, forma jurídica, porcentaje de derechos de voto e importe del Patrimonio Neto del último ejercicio.
- Cuando existan varios tipos de acciones o participaciones sociales deberá detallarse: el número de acciones o participaciones; su valor nominal; y el contenido de los derechos de cada clase.
- La existencia de bonos de disfrute, bonos del fundador u obligaciones convertibles o derechos similares.
- Detalle e importe de las adquisiciones o enajenaciones de acciones o participaciones sociales propias o de la sociedad dominante.
- Importe de las deudas de la sociedad con duración residual de más de 5 años. Además, deberán identificarse aquellas que estén garantizadas por medio de garantía real.
- El importe global de las garantías con terceros. La naturaleza y propósito de negocio de los acuerdos que no figuren en balance y su impacto financiero. Transacciones significativas entre la sociedad y las empresas vinculadas a ella.
- Si se ha aplicado diferentes valoraciones contables atendiendo a criterios, por ejemplo fiscales, y no a los principios contables de aplicación obligatoria, explicación de la diferencia y su impacto.
- La diferencia entre:
- la carga fiscal imputada al ejercicio y a los ejercicios anteriores, y
- la ya pagada o que deberá pagarse en dichos ejercicios.
- La distribución del importe neto de la cifra de negocios correspondiente a las actividades ordinarias de la sociedad. Esta deberá estar desglosada por categorías de actividades y mercados geográficos.
- Detalle del número de trabajadores medio de la compañía. Se deberá desglosar: el salario de las cargas sociales; los trabajadores por sexos; y el número de trabajadores con discapacidad.
- Cualquier remuneración (sueldos, dietas, seguros…) de los altos directivos y miembros del órgano de administración.
- Importe de los anticipos y créditos concedidos al personal de alta dirección o miembros del órgano de administración.
- Importe desglosado por conceptos de los servicios del auditor de cuentas.
- Movimientos de las diversas partidas del activo no corriente.
- Valoración de los instrumentos financieros.
- Conclusión, modificación o extinción de los contratos entre la sociedad y sus socios.
- Determinación de grupo de consolidación fiscal.
- Importe y naturaleza de las partidas de ingresos y gastos extraordinarios.
- Propuesta de aplicación del resultado.
- Naturaleza y consecuencias financieras de los acontecimientos que surgen tras la fecha de cierre del ejercicio.
Publicidad de los Estados Financieros: Informe de gestión
- El informe de gestión deberá contener:
- Una exposición detallada de la evolución del negocio y de la situación de la sociedad.
- Mencionar los principales riesgos a los que la entidad se enfrenta.
- Realizar un análisis equilibrado y exhaustivo de:
- la evolución y resultados de los negocios (incluirá indicadores clave, financieros y no financieros) y,
- situación de la sociedad teniendo en cuenta la magnitud y complejidad de la misma.
- Referencias y explicaciones complementarias sobre los importes detallados en las Cuentas Anuales.
- Período medio de pago a los proveedores. Si este fuera superior al establecido legalmente (60 días naturales) se señalarán las medidas para reducirlo.
- Acontecimientos importantes sucedidos tras el cierre del ejercicio.
- Actividades en materia de Investigación y Desarrollo (I + D).
- Adquisiciones de acciones o participaciones propias.
- Respecto de los instrumentos financieros:
- Objetivos y políticas de gestión del riesgo financiero de la sociedad. Se incluye la política aplicada para cubrir cada tipo significativo de transacción para el que se utilice contabilidad de cobertura.
- La exposición de la sociedad al riesgo de:
- precio,
- crédito,
- liquidez, y
- flujo de efectivo.
- El contenido del informe de gestión referido es imperativo (su ausencia no puede argumentarse).
Publicidad de los Estados Financieros: Formulación, aprobación y depósito:
- Una vez formulados los estados financieros, se someten a los socios (Junta General) para su aprobación o rechazo.
- Una vez aprobadas las cuentas anuales por los socios, las mismas se depositan en el Registro Mercantil.
- El Registro Mercantil donde se depositan las cuentas es el de la provincia donde radique el domicilio social.
- El Registro Mercantil califica las cuentas anuales y procede o no a su deposito.
- Si la calificación de las cuentas anuales es defectuosa se da el trámite de subsanación.
- Dicha calificación únicamente afecta a la formalidad de las mismas y no a su contenido. Es decir, el Registro no realiza valoraciones contables.
- La valoración respecto del fondo de las cuentas anuales es realizada por el auditor, quien emite el correspondiente informe.
- Hay sociedades que estas obligadas a auditar sus cuentas y otras que no.
- Si la auditoría es obligatoria, el informe resultante debe acompañarse a las cuentas anuales. Por tanto, dicho informe, una vez depositado en el Registro Mercantil, es un documento público.
- Las sociedades que no están obligadas a auditar sus cuentas, pueden somenterse a este proceso de manera voluntaria.
- Están obligadas a auditarse las sociedades que, durante al menos 2 ejercicios, reúnan 2 de las 3 características siguientes:
- total de las partidas del activo supere los 2 M.
- importe neto de la cifra anual de negocios supere los 5 M.
- número medio de trabajadores sea 50 o más.
- La gran mayoría de las sociedades españolas no tienen obligación de auditarse.
- La auditoría suele ser garantía de veracidad de las cuentas.
- De la veracidad de la información contenida en las cuentas anuales responde el órgano de administración. Esta responsabilidad puede llegar a afectar, incluso, a su propio patrimonio.
- La publicación en el Registro Mercantil de las cuentas, implica plena y libre disponibilidad a todo su contenido, para cualquiera que lo desee, de manera inmediata y sin rastro alguno de la consulta.
- La información (pública) continida en las cuentas Anuales es inmensa para quien sabe interpretarlas.
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https://www.sondea.eu/s3/0689418e96beOtras colaboraciones:
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