Última actualización: 5 de agosto de 2026.
Respuesta rápida. El mercado primario de valores es aquel en el que los valores negociables, como acciones u obligaciones, se emiten y venden por primera vez, obteniendo el emisor financiación directamente de los inversores. En España la emisión es libre, sin autorización administrativa previa, pero el emisor debe estar válidamente constituido conforme a la legislación de su país de origen, respetar el régimen jurídico de los valores y, en determinados casos, elaborar un folleto informativo. El folleto es obligatorio cuando los valores se ofrecen al público o se admiten a cotización en un mercado regulado, con excepciones: pagarés con vencimiento inferior a 365 días, ofertas inferiores a 8 millones de euros y ofertas de entidades de crédito inferiores a 5 millones.
¿Qué es el Mercado Primario de Valores?
El mercado primario de valores es aquel en el que se emiten y venden por primera vez los valores negociables. En este mercado, los emisores obtienen financiación directamente de los inversores. Los valores emitidos pueden ser acciones, obligaciones, pagarés u otros instrumentos financieros. A continuación os dejamos la colaboración en formato vídeo, por si fuera de vuestro interés:Libertad de Emisión y Requisitos del Emisor
En España, la emisión de valores negociables es libre, lo que significa que no requiere autorización administrativa previa. Sin embargo, el emisor debe cumplir con una serie de requisitos:- Primer requisito: Constitución válida. El emisor debe estar válidamente constituido de acuerdo con la legislación de su país de origen.
- Segundo requisito: Operación conforme a estatutos. El emisor debe operar de conformidad con su escritura de constitución y estatutos.
- Tercer requisito: Régimen jurídico. Los valores negociables deben respetar el régimen jurídico al que estén sometidos.
- Cuarto requisito: Folleto informativo. En algunos casos, el emisor está obligado a elaborar un folleto informativo.
Obligación de Publicar Folleto Informativo
La publicación de un folleto informativo es obligatoria cuando los valores negociables se ofrecen al público o se admiten a cotización en un mercado regulado. Sin embargo, existen algunas excepciones:- Pagarés con vencimiento inferior a 365 días.
- Ofertas de valores negociables inferiores a 8 millones de euros en la Unión Europea.
- Ofertas de entidades de crédito inferiores a 5 millones de euros en la Unión Europea.
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Obligaciones Relativas a la Colocación de Determinadas Emisiones
Cuando la emisión no está sujeta a la obligación de publicar un folleto, pero se dirige al público en general mediante publicidad, debe intervenir una entidad autorizada para prestar servicios de inversión. Esta entidad se encargará de validar la información y supervisar el proceso de comercialización.Requisitos de Información para la Admisión a Negociación en un Mercado Regulado
La admisión a negociación de valores negociables en un mercado regulado está sujeta a los siguientes requisitos:- Primero: Aportación y registro de documentos que acrediten el régimen jurídico del emisor y los valores.
- Segundo: Aportación y registro de los estados financieros del emisor.
- Tercero, en su caso, aportación, aprobación y registro de un folleto informativo.
Responsabilidad del Folleto
La responsabilidad de la información contenida en el folleto recae sobre el emisor, el oferente, los administradores y otros sujetos que hayan participado en su elaboración.Emisiones de Obligaciones u Otros Valores Negociables que Reconozcan o Creen Deuda
Las emisiones de obligaciones u otros valores de deuda están sujetas a requisitos específicos, especialmente cuando se admiten a negociación en mercados regulados o sistemas de negociación.Conclusión
El mercado primario de valores es un elemento fundamental del sistema financiero. Su correcta regulación es esencial para garantizar la confianza de los inversores y el buen funcionamiento del mercado. Si te ha gustado este artículo, también puede resultarte interesante la lectura del siguiente: Sobre el Folleto en Emisión de Valores Negociables¿Necesitas asesoramiento legal?
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Preguntas frecuentes
Es aquel en el que se emiten y venden por primera vez los valores negociables, que pueden ser acciones, obligaciones, pagarés u otros instrumentos financieros. En este mercado los emisores obtienen financiación directamente de los inversores.
No. La emisión de valores negociables es libre y no requiere autorización administrativa previa. Ahora bien, el emisor debe estar válidamente constituido conforme a la legislación de su país de origen, operar de conformidad con su escritura de constitución y estatutos, y los valores deben respetar el régimen jurídico al que estén sometidos.
La publicación del folleto es obligatoria cuando los valores negociables se ofrecen al público o se admiten a cotización en un mercado regulado. Es uno de los requisitos que, en determinados casos, acompaña a la libertad de emisión.
Están exceptuados los pagarés con vencimiento inferior a 365 días, las ofertas de valores negociables inferiores a 8 millones de euros en la Unión Europea y las ofertas de entidades de crédito inferiores a 5 millones de euros en la Unión Europea.
Cuando la emisión no está sujeta a la obligación de publicar folleto pero se dirige al público en general mediante publicidad, debe intervenir una entidad autorizada para prestar servicios de inversión, que se encarga de validar la información y supervisar el proceso de comercialización.
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