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¿Qué Tipo de Actuaciones de Eficiencia Energética no Están Incluidas en el Catálogo y Pueden Solicitar la Emisión de CAE?

Las actuaciones de eficiencia energética que no están incluidas en el catálogo de medidas estandarizadas se denominan actuaciones singulares. Estas actuaciones, debido a sus características y particularidades técnicas, no pueden ser incluidas en una ficha del catálogo.

Presentamos la colaboración también en vídeo, por si prefieres este formato:

A pesar de no estar estandarizadas, las actuaciones singulares pueden dar derecho a la emisión de CAE válidos, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos:

  • Deben haber sido ejecutadas: No se pueden solicitar CAE por actuaciones singulares que estén en fase de proyecto o planificación.
  • Los ahorros anuales de energía obtenidos deben ser confirmados por un verificador de ahorro energético: Un verificador acreditado por ENAC debe comprobar que la actuación se ha realizado conforme al capítulo V de la Orden TED/815/2023, de 18 de julio, y que los cálculos, mediciones o auditorías energéticas son correctos.

Justificación de Actuaciones Singulares

Para justificar la realización de una actuación singular y solicitar la emisión de CAE, se debe seguir un proceso específico:

  • Consulta voluntaria previa (opcional): Si el ahorro de energía final previsto es superior a 1 GWh, se puede presentar un proyecto de la actuación al Coordinador Nacional, con una valoración previa favorable de un verificador de ahorro energético. Esta consulta no es obligatoria, pero puede proporcionar seguridad al solicitante sobre la viabilidad de la actuación para obtener CAE.
  • Documentación para la solicitud de emisión de CAE: Una vez ejecutada la actuación singular, se debe presentar una solicitud al Gestor Autonómico, incluyendo la información y documentación detallada en el artículo 14 de la Orden TED/815/2023. Además, se debe adjuntar la siguiente documentación específica para actuaciones singulares:
    • Memoria descriptiva de la actuación.
    • Descripción de la metodología empleada para el cálculo de los ahorros de energía final.
    • Informe de la auditoría energética realizada antes de la ejecución de la actuación.
    • Informe de la auditoría energética realizada después de la ejecución de la actuación.
    • En su caso, certificado de eficiencia energética del edificio o instalación.

Cálculo del Ahorro de Energía

El cálculo del ahorro de energía final para actuaciones singulares se realiza aplicando los principios incluidos en la Directiva 2012/27/UE y la Recomendación (UE) 2019/1658 de la Comisión. Además, se debe tener en cuenta la metodología específica que se haya aprobado por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.

Principios básicos para el cálculo:

  • Ahorro adicional: El ahorro de energía final debe ser adicional a cualquier otro ahorro obtenido por la aplicación de otra normativa.
  • Línea base: Se debe definir una línea base del consumo energético antes de la aplicación de la actuación, y el ahorro se calcula como la diferencia entre el consumo real tras la actuación y la línea base.
  • Condiciones normales de funcionamiento: El ahorro de energía debe calcularse en condiciones normales de funcionamiento.
  • Efecto rebote: Se debe tener en cuenta el posible efecto rebote, que es el aumento del consumo de energía que puede producirse como consecuencia de la mejora de la eficiencia energética.
  • Prohibición de la doble contabilización: No se pueden contabilizar los mismos ahorros de energía para diferentes fines.

En resumen, las actuaciones singulares de eficiencia energética, aunque no estén incluidas en el catálogo de medidas estandarizadas, pueden ser certificadas mediante CAE si cumplen con los requisitos de ejecución, verificación y cálculo de ahorro de energía establecidos en la normativa.

Si te ha gustado este artículo, también puede resultarte interesante la lectura del siguiente:

Actuaciones Singulares de Ahorro Energético y Proceso para Obtener la Emisión de CAE para Ellas

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